viernes, 6 de junio de 2014

SOLIDARIDAD POR SU LIBERACIÓN. Se deteriora la salud de Delfino FloresMelga Es inconstitucional arrestar a personas mayores de 80 años.

  1. Se deteriora la salud de Delfino Flores Melga
    Es inconstitucional arrestar a personas mayores de 80 años, dice un juez federal


    Se deteriora la salud de Delfino Flores Melga, preso desde el 10 de octubre, acusado de despojo de un predio denominado ampliación Xilonzingo, pero la SEDATU ha informado que se trata de bienes nacionales.
    enlace Puebla. 4 de junio de 2014

    Aún cuando por s...u edad debe estar en arraigo domiciliario, la salud de Delfino FloresMelga, de 90 años de edad, se deteriora; Durante ese tiempo no recibe atención médica, casi no come, ya no puede caminar, lo tienen que sacar cargando para que tome el sol. Se cayó o lo tiraron de la litera, el golpe fue fuerte, pues duerme en la parte de arriba. Presenta golpes en diversas partes del cuerpo, pero no quiere decir que pasó.

    Es inconstitucional arrestar a personas mayores de 80 años, dice un juez federal
    Alfredo Méndez
    http://www.jornada.unam.mx/2013/02/15/index.php?section=politica&article=008n1pol

    ■ Otorga amparo a una mujer cuya hija había pedido que fuera detenida por policías

    Un juez federal con sede en San Andrés Cholula, Puebla, resolvió este jueves que cualquier orden de arresto en contra de una persona mayor de 80 años de edad ''es violatoria de la dignidad de una persona y por ende inconstitucional'', debido a la ''angustia emocional'' que implica a cualquier individuo el ser detenido por elementos policiales, ''la cual se agrava tratándose de adultos en edad avanzada''.

    Al resolver una demanda de amparo interpuesta como parte de una controversia judicial iniciada por una herencia, el juez Carlos Soto Morales expuso que los jueces en materia civil deben emitir medidas de apremio que no impliquen el arresto de personas cuando éstas rebasen los 80 años de edad.

    En contra de la orden de arresto, la interesada promovió juicio de amparo ante un juzgado federal, el cual le fue otorgado con base en que el concepto de dignidad humana permea todo el catálogo de derechos humanos previstos por la Carta Magna, y es un parámetro que el juez constitucional debe tomar en consideración al analizar cualquier acto de autoridad que es sometido a su jurisdicción. En la sentencia se destacó el hecho de que la quejosa tiene actualmente más de 80 años de edad.

    Señaló que los adultos mayores, al igual que todos los ciudadanos, deben ser protegidos contra acciones que vulneren su dignidad, reconocida no sólo a nivel constitucional, sino también por la Organización de Naciones Unidas, organismo que ha dicho que las personas de edad avanzada deberán recibir siempre un trato digno, independientemente de sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones.
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